Protesta ciudadana ante el CIE (Centro de Internamiento de Extranjeros) de Valencia |
Los CIE son centros de internamiento para extranjeros que están en España en situación administrativa irregular. La Ley de Extranjería española y la política migratoria europea son
injustas porque niegan los derechos fundamentales a quienes inmigran y
les colocan en situaciones de extrema vulnerabilidad.
En el blog Cerremos los CIES podrás encontrar recopilada toda la información concerniente a los Centros de Internamiento para personas
Extranjeras.
La declaración universal de derechos humanos en su art. 2 y art. 9 expresa que no se podrá detener a una persona arbitrariamente, e incidiendo en que no se podrá hacer por la nacionalidad del individuo.
Artículo 2: ‘Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía’.
Artículo 9: ‘Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado’.
En el siguiente artículo podrás encontrar información respecto a las características de estos centros de detención, así como a su origen: Ubaldo Martínez Veiga, La acogida a los inmigrantes: los Campos de internamiento. Revista Andaluza de Antropología, Nº. 3, 2012 (Ejemplar dedicado a: Las migraciones actuales), págs. 56-88.
Resumen.
En este artículo se estudia la última etapa del viaje de los inmigrantes
irregulares. Se trata de los CIES o Campos de Internamiento de los Inmigrantes
en Canarias, en Ceuta o Melilla, en Málaga, Madrid, Barcelona u otros sitios.
Son lugares en donde se internan los inmigrantes durante un periodo máximo que
hasta hace poco era de 40 días y ahora es de 60. Después de un viaje tan largo
a través de África que ha tenido como efecto la ruptura de los lazos sociales
con la familia, amigos o conocidos, se coloca a estos inmigrantes en una situación
de aislamiento porque estos centros o campos se constituyen como una especie de
espacios extraterritoriales en los que los inmigrantes cortan de hecho las
relaciones con el lugar de origen y también las posibles lazos con el lugar de
llegada. La misión fundamental de estos campos es conseguir la expulsión de los
inmigrantes desde un país en donde todos los derechos son negados a otro en
donde no tienen ningún interés en recibirlos. De alguna manera lo que se
consigue con el internamiento es la constitución de los inmigrantes como
extranjeros absolutos. La estancia de estas personas en estos centros es algo
absolutamente superfluo e inútil que sirve para constituirlas como algo que sobra, como seres supernumerarios a los que ni siquiera se trata de
educar ni de obligar a trabajar. En este artículo se estudian con una cierta
detención las características de algunos de estos campos en España. También se
dedica bastante espacio al origen que hay que buscarlo en el internamiento
administrativo que aparece en Francia en 1914 y que se aplicaba a los
argelinos, durante la guerra de Argelia, en donde se internaba a poblaciones
por actos banales tales como la oposición de los llamados “indígenas” a los miembros
de la administración o el peregrinar a la Meca sin permiso previo. Los Centros de
Internamiento pasaron de Argelia a Francia y de aquí se difunden a través de
los países europeos como un sistema de aislar y castigar administrativamente a
los extranjeros.
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