Un colegio enseña a niños de cinco años a crear empresas y a negociar contratas.
Público, ZARAGOZA 25/04/2017
El centro zaragozano Ánfora Internacional, promovido por colaboradores de un imputado en la Púnica, presenta el programa a un concurso de proyectos educativos innovadores.
Un colegio concertado de Cuarte de Huerva (Zaragoza) enseña a niños de cinco años a crear empresas, a repartir cargos, a negociar contratos y a subcontratar trabajos con otras clases del centro.
Otra parte de los trabajos, como la elaboración de un catálogo con los tipos de perros y los cuidados que ofrecían para cada uno de ellos, “fue subcontratado por la clase de cinco años, que era la que centró la actividad, a las clases de tres y cuatro años”, explica la maestra, en un proceso que incluyó contratos ficticios con las condiciones y los porcentajes de beneficio de cada tarea. Es decir, que la clase de cinco años subcontrató trabajos, previa negociación, con las dos de cuatro y las dos de tres.
Las contratas y subcontratas es una forma de organización de la actividad empresarial muy utilizada en el campo de la construcción en España. Consiste principalmente en que una empresa decide no realizar directamente ciertas actividades, optando en su lugar por desplazarlas a otra empresa o personas individuales con quienes establece un contrato, ya sea civil o mercantil. A veces es difícil diferenciar entre una contrata y una cesión ilegal de trabajadores. El citado artículo 42 del Estatuto de Trabajadores establece una serie de obligaciones al empresario principal, para con los trabajadores de la contrata en términos salariales y de Seguridad Social. Todas ellas basadas en el principio del derecho según el cual quien está en condiciones de obtener un beneficio debe de estar dispuesto a responder de los perjuicios que pueden derivar del mismo. En la auténtica contrata deben concurrir:
- Patrimonio y domicilio social propio.
- Organización empresarial.
- Estructura empresarial con elementos personales y materiales.
Fuente: http://www.cuestioneslaborales.es/las-contratas-y-subcontratas-de-obras-o-servicios/
El uso abusivo de subcontratas, tanto desde la empresa pública como la privada, refleja un mecanismo que garantiza beneficios a costa de generar costes a la sociedad: a los propios trabajadores y a los ciudadanos receptores del servicio (como mostró la huelga de basuras de Madrid en 2013, en la que el ayuntamiento se desentendió de las condiciones laborales de los trabajadores de la subcontrata a la que concedió este servicio público). Como señala Alberto Recio, la subcontratación se utiliza en muchas ocasiones para “externalizar riesgos, fragmentar la acción colectiva, discriminar precios y/o ceder rentas. La mayor parte de políticas externalizadoras tienen otro aspecto común: el desprecio por el trabajo directo y la presunción de la excelencia directiva. Los empresarios y políticos que externalizan actividades lo hacen en parte convencidos de lo trivial de las tareas subcontratadas, de la no necesidad de mimarlas, supervisarlas, entenderlas. De que el trabajo básico es cosa de subpersonas y que en cambio lo sublime es simplemente dirigir. Toda la expansión de la externalización está atravesada por este desprecio del trabajo común, por esta ignorancia de la importancia de la cooperación. Forma parte del proceso de deslegitimación de los derechos de la gente común, de la justificación del aumento de las desigualdades, de la despreocupación por los resultados reales de la actividad laboral y de la obsesión por el excedente monetario".
Cuestiones:
- ¿Qué aspectos críticos presentan algunas subcontratas? ¿Pueden lesionar derechos de los trabajadores?
- ¿Qué obligaciones debe asumir el empresario principal respecto a los trabajadores?
- ¿Qué opinas de la experiencia educativa emprendedora del Colegio Ánfora Internacional?
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